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Tu certificado de no retención ITI simple y rápido

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¿Qué es iti?

Es el impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas.

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¿Qué es?

Es un impuesto que grava las transferencias de inmuebles ubicados en el país, y recae sobre las personas físicas y sucesiones indivisas que no realizan como actividad comercial habitual la compra-venta de inmuebles, reglamentado por la Ley 23.905 y la R.G. AFIP 2141/2006

El impuesto

Se considera transferencia a la venta, permuta, cambio, dación en pago, aporte a sociedades y todo acto de disposición por el que se transmita el dominio a Título oneroso.Este impuesto surge de aplicar el 1.5% sobre el valor de transferencia de cada operación (monto que surge de la escritura traslativa de dominio, boleto de compraventa o documento equivalente), y será retenido por el escribano interviniente o por el comprador, cuando no exista el anterior, (Ej. Valor de escrituración U$S 100.000.- el impuesto a retener será de U$S 1.500.-)

Certificado de no retención

Vinculado con el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles, existe el CERTIFICADO DE NO RETENCION: deberá solicitarlo a fin de evitar la retención, si está vendiendo su única vivienda y/o terreno para adquirir o construir -dentro del término de un año- una propiedad destinada a casa-habitación propia.

DESCARGÁ EL FORMULARIO

Deberá descargar y completar el archivo de word corresponiente al trámite con el o los titulares del inmueble y luego enviarlo a nuestro e.mail info@itieneldia.com

¿Qué es COTI?

Es el "Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles"

Este certificado deberá ser tramitado con carácter previo a la negociación, oferta o transferencia de un bien inmueble o de derechos sobre bienes inmuebles a construir.
El mencionado certificado debe generarse cuando el precio consignado resulte igual o superior a $ 22.810.177- Se debe realizar un solo certificado por operación inmobiliarias, independientemente de la cantidad de titulares registrales. .- No se puede realizar la escritura traslativa de dominio si no se ha obtenido previamente el certificado COTI.

Descargar formulario
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Nuestros honorarios

¡Consulte por su servicio!

formulario iti

$45.000

1 titular
  • Solicitud de certificado de no retención en el impuesto a la transferencia de inmuebles.

formulario iti

$78.000

2 titulares
  • Solicitud de certificado de no retención en el impuesto a la transferencia de inmuebles.

formulario coti

$27.000

por inmueble
  • Solicitud de código de oferta de transferencia de inmuebles.

ESTOS SON NUESTROS MEDIOS DE PAGO

Usted sólo abonará una vez finalizado el trámite, no antes.

preguntas frecuentes

¿EL COTI ES OBLIGATORIO?

Si el valor de venta de su inmueble supera la suma de $9.400.000, deberá solicitar el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles COTI, previo a realizar la venta. Es obligatorio solo en este caso.

¿A QUIENES ALCANZA EL ITI?

Es un impuesto que grava las transferencias de inmuebles ubicados en el país, y recae sobre las personas físicas y sucesiones indivisas que no realizan como actividad comercial habitual la compra-venta de inmuebles, reglamentado por la Ley 23.905 y la R.G. AFIP 2141/2006

¿COMO SE CALCULA EL ITI?

Este impuesto surge de aplicar el 1.5% sobre el valor de transferencia de cada operación (monto que surge de la escritura traslativa de dominio, boleto de compraventa o documento equivalente), y será retenido por el escribano interviniente o por el comprador, cuando no exista el anterior, (Ej. Valor de escrituración U$S 100.000.- el impuesto a retener será de U$S 1.500.-)

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